Situación jurídica de militares y policías quedaría resuelta con Jurisdicción Especial para la Paz

Así se ratificó luego de la aprobación del Proyecto de Acto Legislativo que conformará la Jurisdicción Especial para la Paz, durante su tercer debate en Comisión Primera de Senado. 

fOTOBogotá D.C., febrero 24 de 2017 (Prensa Senado).- Tras un acalorado debate, que se prolongó por dos días, la Comisión Primera de Senado, aprobó el Proyecto de Acto Legislativo que implementará la Justicia Especial para la Paz (JEP), con un total de 11 votos y 13 proposiciones avaladas por el Gobierno.

La iniciativa que se discute en el marco del Procedimiento Legislativo Especial para la Paz tiene en cuenta un sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición, la búsqueda de personas desaparecidas en el contexto del conflicto armado, la creación de una estructura judicial que garantice el proceso, así como el tema de extradición, participación en política y normas aplicables a miembros de la Fuerza Pública.

Es precisamente este aspecto el que mayor controversia ha generado, sobre todo en los altos mandos militares, quienes a través de medios nacionales, expresaron su preocupación sobre la responsabilidad por mando y la posible inclusión del artículo 28 del Estatuto de Roma, el cual hace referencia a este tema.

Según expresó el senador Roy Barreras el artículo en mención no hará parte del Acto Legislativo. “La JEP les ofrece beneficios y solución jurídica a las Fuerzas Militares, invito a los retirados a que lean con detalle los textos finales del proyecto. El artículo 28 no va en la ponencia porque nuestra justicia interna funciona y da garantías a nuestros soldados y policías”, aseguró el legislador del partido de la U.

En lo que concierne a la responsabilidad por mando se aplicará entonces el Código Penal colombiano, el Derecho Internacional Humanitario como ley especial y las reglas operacionales de la Fuerza Pública en relación con el DIH.

Asimismo se tendrán en cuenta las siguientes condiciones concurrentes:

1. Que la conducta o las conductas punibles hayan sido cometidas dentro del área de responsabilidad asignada a la unidad bajo su mando, según el nivel correspondiente y que tengan relación con actividades bajo su responsabilidad.

2. Que el superior tenga la capacidad legal y material de emitir órdenes, de modificarlas o de hacerlas cumplir.

3. Que el superior tenga la capacidad efectiva de desarrollar y ejecutar operaciones dentro del área donde se cometieron los hechos punibles, conforme al nivel de mando correspondiente.

4. Que el superior tenga la capacidad material y directa de tomar las medidas adecuadas para evitar o reprimir la conducta o las conductas punibles de sus subordinados, siempre y cuando haya de su parte conocimiento actual o actualizable de su comisión.

Para el General Jaime Ruiz, Presidente de la Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de las Fuerzas Militares, ACORE, hay mayor claridad con las proposiciones presentadas. “Hago un reconocimiento a los senadores de la Comisión Primera por su interés en corregir los textos nocivos que afectaban a la Fuerza Pública. La legislación colombiana es precisa y determina con claridad la imputación por delitos relacionados al ejercicio del mando”, dijo.

De otro lado denunció que sectores de la izquierda tenían interés en incluir el artículo 28. “Hay grupos que quieren causarle daño a nuestras Fuerzas Militares, Organizaciones no Gubernamentales con financiación de izquierda. Nosotros lo que pedimos es ser juzgados aquí con nuestra legislación, sin tribunales extranjeros”, puntualizó el General Ruiz.

En caso de modificar la Constitución, la iniciativa cobijaría a unos 5.500 miembros de la Fuerza Pública ya procesados. En este sentido el Ministro del Interior Juan Fernando Cristo se refirió, «por ahora estamos analizando cerca de 1.200 casos, uno por uno, la idea es tener un listado impecable, que no sea objeto de críticas y se ajuste a la nueva legislación”, indicó.

Asimismo  dijo que el Estatuto de Roma es justicia subsidiaria a la colombiana, es decir, no podrá aplicarse hasta que no se agoten todas las instancias del derecho interno.

“No es necesario que las imputación a nivel nacional se califiquen dentro del Estatuto de Roma, aplicaremos plenamente la legislación nacional, la cual cumple estándares internacionales”, enfatizó el Ministro del Interior.

ACORE y otras asociaciones que reúnen militares retirados, estarían preparando una misiva para el Presidente Juan Manuel Santos, en la que pedirán claridad en estos aspectos, sobre todo en la modificación del capítulo VII del proyecto, relacionado al tratamiento diferenciado de la Fuerza Pública.

Por su parte la senadora Claudia López pidió incorporar un régimen para las dos partes. “Con este proyecto se da un tratamiento inequitativo a la Fuerza Pública frente a los miembros del secretariado de las FARC, es un engaño ya que el Estatuto de Roma es vinculante y no por no estar escrito, no aplica”, aseguró.

Desde el Centro Democrático, la senadora Paola Holguín dijo que la JEP es ilegal, ilegítima y va en contra vía del sistema judicial colombiano. “No se puede igualar a nuestra Fuerza Pública con la guerrilla de las FARC. Nos oponemos a este chantaje a soldados y policías. Desde la bancada se promoverá un referendo derogatorio para este tribunal”, expresó la congresista.

Finalmente el Ministro de Justicia, Jorge Londoño, aclaró que en el Acuerdo de Paz queda descrita la responsabilidad por mando de los integrantes de las FARC, “el artículo 59 del Acuerdo estipula que dicha responsabilidad se funda en el control efectivo de la conducta. Estos hechos tendrán como referente jurídico el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Penal”.

Posted by pulido

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